El Gobierno nacional dispuso este viernes por la mañana el comienzo de la veda electoral en todo el país de cara al balotaje del domingo 19 de noviembre. En este contexto, quedaron prohibidas las campañas y publicidades políticas de los candidatos presidenciales de todas las fuerzas políticas.

El objetivo de la veda es reforzar la importancia del proceso electoral a través de ciertas prohibiciones como la venta de alcohol o la realización de actos proselitistas. Las misma comienza 48 horas antes de los comicios.

¿Qué queda prohibido hacer?

  • Actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
  • Espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados.
  • Portación de armas.
  • Portación de banderas, insignias o distintivos partidarios.
  • Venta de bebidas alcohólicas, la cual estará permitida hasta las 20 horas del sábado (día previo a la elección).
  • Ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
  • Publicación y difusión de encuestas o sondeos.
  • La venta de bebidas alcohólicas, como otras acciones específicas, quedará prohibida a partir de este sábado a las 20 horas.

Quienes violen este tipo de prohibiciones podrán ser denunciados ante ante la Justicia por incumplimiento del Código Electoral Nacional.

¿Qué sanciones existen si no se cumple la veda?

  • La venta de bebidas alcohólicas establecen una pena de cárcel de entre 15 días y seis meses
  • La organización de espectáculos masivos prevé un plazo de entre 15 días a 6 meses y la coacción electoral va de 2 meses a 2 años de cárcel.
  • Los electores que infrinjan esta veda pueden tener como sanción el pago de multas de entre $10 mil y $100 mil.
  • Además, aquellos que induzcan al voto o impulsen el ausentismo pueden recibir una pena desde dos meses a dos años de prisión.
  • Quienes violen el carácter secreto del voto se enfrentan a posibles condenas de hasta tres años.