El fiscal federal Guillermo Marijuán solicitó la baja de 2.954 beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) a través de la ANSES. Esto se debe a que incumplieron con la normativa de mantener residencia en el país.  El pedido fue realizado ante el Ministerio de Capital Humano que dirige Sandra Pettovello. Según el informe, los beneficiarios se inscribieron en el registro como personas mayores de 65 años “vulnerables” y regresaron a su país de origen. La incompatibilidad fue percibida a través de los registros de la Dirección de Migraciones. El perjuicio mensual para el Estado es de $449 millones y $5.842 millones anuales.

“En el marco de la Investigación Preliminar identificada como caso Coirón N° 35662/2024, iniciada a efectos de constatar la existencia de beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) que hayan incumplido con la exigencia legal de permanencia en el país, dispuesta por el art. 13 inc. 5) de la ley 27.260, se solicitó a la Dirección Nacional Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) que realizará un entrecruzamiento con los datos de titularidad y migratorios respectivos, organismo que mediante el archivo en formato Excel que se adjunta al presente, detectó la existencia de 2954 titulares de la PUAM que, durante la vigencia de tal prestación, registraron salidas de la Argentina sin regreso posterior”, señala el oficio enviado por el fiscal. 

En base al informe, Marijuán solicitó a la cartera de Pettovello que “evalúe la inmediata suspensión de la citada pensión”. La Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos relativos a la Seguridad Social (UFISeS), a cargo de Marijuan tiene en la lupa a otros 7.512 “titulares PUAM” que mantuvieron “intervalos fuera del país por más de 60 días”. Esto representa otra incompatibilidad con la normativa. En tanto, la titular de Capital Humano, cada vez que recibió una solicitud de parte de la justicia, accedió de manera inmediata.

Normativa

La ley 27.260 determina que uno de los requisitos para acceder a la pensión es “ser ciudadano argentino nativo, por opción o naturalizado, en éste último caso con una residencia legal mínima en el país de diez (10) años anteriores a la fecha de solicitud del beneficio, o ser ciudadanos extranjeros, con residencia legal mínima acreditada en el país de veinte (20) años, de los cuales diez (10) deben ser inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud del beneficio”. A esto se suma la condición de mantener la residencia en el país. Además, el Decreto Reglamentario 894/2016 instruye a organismos de la Administración Pública Nacional a remitir información de sus bases de datos para controlar dichos requisitos.