Un tucumano decidió separarse de su pareja y desvincularse del proceso de adopción que llevaban a cabo juntos. Sin embargo, una orden judicial dictaminó que deberá hacerse cargo de una cuota alimentaria.

El caso tuvo origen tras un informe presentado por el Registro Único de Postulantes a la Adopción del Poder Judicial. En el documento, el equipo técnico advirtió que la pareja atravesaba una “fuerte crisis matrimonial y que el cónyuge había manifestado su decisión de desvincularse del pequeño y del proceso de adopción”. Además, señalaron que “la ruptura del vínculo dejaba a la mujer en una posición de desventaja” y que ella “necesitaría medios económicos para sostener la crianza del niño”.

En consecuencia, el Juzgado de Familia y Sucesiones entendió que la expareja de la guardadora a cargo del pequeño de 11 años se responsabilice de la manutención del menor. La decisión es de “carácter provisorio y extraordinario durante dos años”, intentando de esta manera que “tanto el niño como su cuidadora continúen con la vinculación adoptiva y puedan adaptarse a la nueva circunstancia familiar”.

Según informaron desde el Poder Judicial, la decisión de la jueza Valeria Brand, se apoyó en el artículo 618 del Código Civil y Comercial de la Nación, que establece que “el inicio del vínculo filial adoptivo no comienza en la sentencia de adopción, sino cuando comienza el período de la guarda legal”.