En la mañana de hoy, se conoció una sorpresiva respuesta de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT). El máximo ente de Justicia, decidió anular la pena contra los acusados del crimen de Facundo Ferreyra. El fallo fue considerado histórico en los casos de ‘gatillo fácil’ para la provincia. Fue dictado en octubre de 2021, endilgando a dos efectivos de la policía el delito de «homicidio agravado».

El fallo de la Sala I de la Cámara Penal Conclusional tucumana recayó sobre Nicolás Montes de Oca y Mauro Gabriel Díaz Cáceres. Los magistrados hallaron culpables del delito de “homicidio agravado por el ejercicio abusivo de la función de miembros de las fuerzas de seguridad” en perjuicio del niño.

Ahora, con el fallo revocado por la CSJT, los nuevamente acusados podrían esperar el inicio del nuevo juicio en libertad. Fue firmado por el presidente Daniel Leiva, y aceptado por el resto de los magistrados. «Se omitieron en analizar las teorías del caso, sin ponderar íntegramente los elementos probatorios», detalla la resolución.

Hechos del caso

El 8 de marzo de 2018, alrededor de la 1:20 horas, Díaz Cáceres y Montes de Oca iban a bordo de una moto de la División de Motorista del 911. En ese momento, cruzaron la avenida Benjamín Aráoz, de la capital tucumana, para perseguir a otra moto. Esta era conducida por un adolescente de 15 años que llevaba como acompañante a Facundo.

En ese contexto, y sin motivos, los policías comenzaron a disparar con postas de goma y armas de fuego contra los menores. Uno de los proyectiles, impacto en la cabeza de Facundo provocándole de la muerte. “Hubo una ‘cacería’ en donde los policías vaciaron sus escopetas cargadas con postas de goma y comenzaron a gatillar sus pistolas reglamentarias. El plomo fatal que ingresó por la nuca de Facundo fue disparado por Díaz Cáceres a menos de un metro de distancia”, sostuvo la fiscal, Adriana Giannoni, durante la investigación. “Luego se supo que su impulso criminal estaba estimulado con cocaína”, agregó la instructora judicial.