La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso hoy la implementación de beneficios y herramientas en el marco de la Ley de Alivio Fiscal. Incluyendo la condonación de deudas a pequeños contribuyentes y pymes, así como una ampliación de la moratoria impositiva.

La normativa del organismo contempla la condonación de deudas inferiores a 100 mil pesos para pequeños contribuyentes y las micro y pequeñas empresas. También amplía la moratoria para regularizar obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2021 y el mecanismo para rehabilitar planes de pago caducos.

Asimismo instrumenta los beneficios para contribuyentes cumplidores previstos en la Ley 27.653. Así como la implementación de mecanismos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización.

Según un comunicado de la entidad que conduce Mercedes Marcó del Pont emitido en esta jornada, la medida alcanza a distintas entidades y organizaciones sin fines de lucro. Entre ellos clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares y organizaciones comunitarias. Así ambién a monotributistas que cumplan con las condiciones previstas en la normativa y las empresas que cuentan con el Certificado MiPyme.

La AFIP también dispuso la extensión de la suspensión de las ejecuciones fiscales y la traba de medidas cautelares hasta el 31 de diciembre de 2021.

La Resolución General 5101/2021, que se publicará este viernes en el Boletín Oficial, contempla las medidas previstas en la ley de alivio fiscal para fortalecer el proceso de reactivación económica. Una de las principales herramientas que habilita la normativa de la AFIP es la condonación de deudas tributarias, aduaneras y de seguridad social vencidas al 31 de agosto.

Los contribuyentes podrán realizar la solicitud desde el 20 de diciembre de 2021 hasta el 2 de marzo de 2022 a través de la página web de la AFIP.

La normativa de la AFIP también instrumenta la ampliación de la moratoria para permitir la regularización de obligaciones vencidas al 31 de agosto en hasta 120 cuotas con una tasa inicial de 1,5%, dependiendo el tipo de contribuyente.

Las adhesión al plan de regularización estará habilitada entre el 29 de noviembre de 2021 y el 15 de marzo de 2022. La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las cuotas subsiguientes vencerán el día 16 de cada mes.

La disposición también prevé la posibilidad de rehabilitar de manera extraordinaria, por única vez, planes de facilidades de pago formulados en el marco del régimen de regularización. Esto dispuesto por la Ley 27.541 y sus modificaciones, cuya caducidad haya acaecido hasta el 31 de agosto de 2021.

La normativa también estipula los mecanismos para facilitar el cumplimiento de las obligaciones resultantes de los procesos de fiscalización. De esta forma, se podrán regularizar a través de planes de pago los ajustes y multas resultantes de la actividad fiscalizadora del organismo.

La reglamentación de la ley de alivio fiscal contempla los beneficios para distintos tipos de contribuyentes cumplidores que podrán tramitarse desde el 30 de diciembre de 2021 hasta el 15 de marzo de 2022. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.