Cuáles serán los organismos públicos afectados por la prohibición de heredar cargos
El Gobierno nacional ha anunciado una resolución que prohíbe la práctica de heredar cargos en la administración pública. La medida, comunicada por el vocero presidencial, Manuel Adorni, y el ministro de Desregulación y Modernización, Federico Sturzenegger, busca garantizar que los puestos en el Estado sean asignados por mérito y capacidad, eliminando privilegios y promoviendo la igualdad de oportunidades.
«A partir de ahora, los cargos se asignarán por mérito y esfuerzo, porque en esta Argentina, nadie tiene sangre azul», afirmó Adorni durante el anuncio. Por su parte, Sturzenegger destacó: «Se profundiza la estrategia de racionalización del tamaño del Estado, que ya logró el recorte del 15% de la planta del personal público. Además, de la intimación para que se jubilen sin demoras aquellos empleados que están en edad de retiro. De ahora en más, quien ocupe un puesto en el Estado será elegido solamente por su idoneidad».
Organismos afectados por la prohibición
La práctica de heredar cargos públicos estaba arraigada en diversos organismos de la administración pública nacional, a menudo establecida en los estatutos y convenios colectivos de trabajo. Algunos de los organismos donde se aplicaba esta modalidad son:
- Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): Permitía la designación inmediata de un hijo o cónyuge de un agente fallecido.
- Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES): otorgaba prioridad en el ingreso a familiares de empleados fallecidos.
- Banco Nación, Banco Central e YPF: contaban con disposiciones que facilitaban el ingreso de hijos de empleados fallecidos o retirados.
- Ferrocarriles Argentinos: a través de la Unión Ferroviaria, permitía que familiares de empleados fallecidos, jubilados o retirados pudieran postularse a cargos, siempre que cumplieran con los requisitos del puesto.
La prohibición de heredar cargos afectará a estos y otros organismos que tenían incorporada esta práctica. Obligándolos a adaptar sus estatutos y convenios a la nueva normativa.
Detalles de la medida
La resolución establece que:
- Los cargos en la administración pública ya no podrán ser ocupados por familiares o cónyuges de empleados fallecidos en reemplazo de estos.
- La Secretaría de Trabajo no homologará ninguna convención colectiva de trabajo que incluya beneficios de este tipo. Lo que implica que los acuerdos sindicales deberán eliminar estas cláusulas para ser validados oficialmente.
- Se enfatiza que los puestos en el Estado deberán ser asignados únicamente en base a la idoneidad y el mérito de los aspirantes.
El comunicado oficial señala: «Este ilógico privilegio colocó a los empleados públicos por encima del resto de los trabajadores de la Argentina. Pero, de ahora en más, quien ocupe un puesto en el Estado será elegido solamente por su idoneidad. Nunca deberían haber existido estas ventajas, porque la propia Constitución Nacional establece en su artículo 16 que ‘la Nación Argentina no admite prerrogativas de sangre, ni de nacimiento: no hay en ella fueros personales ni títulos de nobleza. Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles en los empleos sin otra condición que la idoneidad'».